La Contabilidad es una ciencia social, encargada de estudiar, medir y analizar el patrimonio de la empresa o compañía, con la finalidad de ayudar a la toma de decisiones y control, presentando la información de manera sistemática y fácil de comprender.
Términos contables utilizados en Venezuela:
Adeudar, Cargar o Debitar: Realizar una anotación en el Debe de una cuenta.
Abonar, Acreditar o : Realizar una anotación en el Haber de una cuenta.
Débito: Suma del debe de una cuenta.
Crédito: Suma del haber de una cuenta.
Saldo: Diferencia entre el débito y el crédito.
Saldo Deudor: Si el débito es mayor que el crédito.
Saldo Acreedor: Si el débito es menor que el crédito.
Saldo Cero: Si el débito es igual que el crédito.
Saldar una Cuenta: Anotar su saldo de forma que el débito y el crédito sumen lo mismo.
Cuenta Deudora: Aquella cuyo saldo es deudor.
Cuenta Acreedora: Aquella cuyo saldo es acreedor.
Asiento: Son las anotaciones realizadas en el Libro Diario (asiento de diario) y en el Libro Mayor (asiento de mayor).
Libros contables exigidos en Venezuela según el articulo 32 del código de comercio:
Libro Diario: Donde se recogen día a día, los hechos económicos de la empresa. La anotación de un hecho económico en el libro diario se llama "asiento".
Libro Mayor: En él se recogen todas las cuentas, con todos los cargos y abonos. Es un libro resumen del registro del movimiento de una cuenta específica.
Libro de Inventario: Se registran todos los bienes de la empresa.
Libro de Compra y Venta: Se llevan todas las compras y ventas para los contribuyentes del IVA.
Tipos de Cuentas:
Cuentas reales o de valores:
Representan bienes, derechos u obligaciones de la empresa, determinando su patrimonio.
Las cuentas de valores activos: representan los bienes de la empresa y figuran en el activo. Bienes materiales tangibles: caja, mercancías, edificios, terrenos, etc., Bienes intangibles: patentes, concesiones, etc., también tenemos los créditos a favor de la empresa, cuentas por cobrar, efectos por cobrar, etc.
Las cuentas de valores pasivos: representan las obligaciones contraídas por la empresa y figuran en el pasivo, como son; cuentas por pagar, efectos por pagar, etc.
Cuentas de valuación:
Representan una disminución al saldo de las cuentas de activo a las cuales valúan. Las cuentas de valuación se utilizan para reflejar el valor de realización de algún activo o para mostrar el valor según libros o la distribución del costo histórico.
Provisión para cuentas incobrables
Depreciación acumulada
Amortización acumulada
Cuentas transitorias:
Reflejan las operaciones que debido a situaciones eventuales, nos impiden efectuar cargos o abonos a las cuentas correspondientes. Como su nombre lo indica (transitorias), al terminar la eventualidad que lo motivó, se cancelan y se anulan de la contabilidad. Ejemplos; mercancías en transito, reclamaciones pendientes, partidas en suspenso, diferencia en caja, etc.
Cuentas de orden:
Las cuentas de orden son aquellas que controlan operaciones que no alteran la naturaleza de los bienes, derechos u obligaciones de un ente.
Las cuentas de orden deudoras se muestran al final del activo y las acreedoras al final del pasivo y patrimonio. Por lo tanto forman parte del Balance General pero no representan activos, pasivos o patrimonio.
- Deudoras
Banco cuenta giros al cobro: representa la cantidad de efectos o giros que se encuentran al cobro en los bancos.
Mercancías en Consignación: es la mercancía que se obtiene sin ningún costo, luego al venderlas incurrimos en obligaciones con el proveedor.
- Acreedoras
Giros al cobro en bancos: representa los efectos o giros enviados al banco para que efectúe su cobro.
Cuentas nominales o de resultados:
Se registran los incrementos del patrimonio mediante los ingresos o las disminuciones por los costos o egresos, ocurridos en un período determinado.
Cuentas de patrimonio:
Muestran las cantidades aportadas por los accionistas y las ganancias o pérdidas ocurridas por operaciones con el capital social u originadas por las actividades normales del negocio.
Capital social
Superávit
Reservas
Conciliaciones Bancarias:
Saldo del banco: XXX
(-) Cheques pendientes de cobro: XXX
(-) Notas débito no registradas XXX
(+) Depósitos pendientes XXX
(+) Notas de créditos no registradas XXX
(±) Cheques o depósitos devueltos XXX
(±) Errores en el libro banco (auxiliar) XXX
= Saldo en libros. XXX
IVA
El I.V.A. (Impuesto al valor agregado) es un impuesto indirecto que grava al consumo.
- IVA Crédito Fiscal: se aplica sobre el precio de adquisición de un producto (compra).
- IVA Débito Fiscal: se aplica sobre el precio de venta de un producto (venta).
Asiento IVA cuando compro:
Compra de mercancía............100.000,00
IVA Crédito Fiscal......................12.000,00
Banco..o Cuentas por Pagar ....................... 112.000 ,00
Asiento IVA cuando vendo:
Banco o CxC...........................224.000,00
Ventas…................................................200.000,00
IVA Débito Fiscal ..................................24.000,00
Si el total del IVA Débito Fiscal es mayor que el IVA Crédito Fiscal, quiere decir que se debe declarar y pagar la diferencia al fisco atravez de porpal del www.seniat.gov.ve
Seguro Social:
14-01 Inscripción de Empresa.
14-02 Inscripción empleado.
14-03 Retiro de empleado.
14-04 Solicitud de Prestaciones en Dinero.
14-10 Cambio de salario del trabajador, permisos no remunerados otorgados por el patrono al trabajador, reposos médicos otorgados por médicos del Instituto al trabajador.
14-91A Solicitud de solvencia.
14-93 Seguir cotizando sin estar vinculado a la empresa.
14-100 Constancia de Trabajo para el IVSS.
14-134 Las empresas interesadas en establecer un convenio de pago con el Seguro Social.
Tabla de calculo de pago de SOS
El cálculo se realizará sobre el salario normal
Empleado = 4%
Riesgo mínimo empresa = 9%
Riesgo medio empresa = 10%
Riesgo máximo empresa = 11%
Paro Forzoso:
El cálculo se realizará sobre el salario normal:
Trabajador = 0,5%
Patrono = 2%
INCE
Empleado = 0,5% sobre las utilidades.
Empresa = 2%
LPH o BANAVIH
Empleado = 1% sobre salario base mensual.
Empresa = 2%
Bono de Alimentación:
La Ley de Alimentación para los Trabajadores, dice que todo empleador del sector público y privado sin límite mínimo de trabajadores, deberá otorgar a sus trabajadores el beneficio de alimentación, siempre y cuando éstos devenguen un salario que no pase de tres salarios mínimos.
Mínimo = 0,25 UT
Máximo = 0,50 UT
Nota: las declaraciones del ISLR, pago del IVA, SSO, Paro Forzoso, BANAVIH y otros, se realizan de manera electrónica. Actualizado al 26 de abril del 2011, a esta fecha pudo haber cambiado algunos cálculos y condiciones